La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a Google con 10 millones de euros, la más alta hasta la fecha en nuestro país, por no respetar la voluntad del derecho al olvido. En concreto, por ceder datos a terceros sin legitimación para ello y obstaculizar el derecho de supresión de los ciudadanos.

Hasta ahora, la sanción más cuantiosa había sido a un banco por ocho millones de euros.

En este caso, la Agencia ha constatado que Google enviaba la información de las solicitudes de derecho al olvido, incluida la dirección de correo electrónico, los motivos alegados y la URL reclamada al Proyecto Lumen, puesto en marcha en 2002 por la Universidad de Harvard para recoger este tipo de solicitudes. Algo que, según la resolución,  “supone en la práctica frustrar la finalidad del ejercicio del derecho de supresión”.

No solo Google comunica datos a Lumen Database, sino que también lo hacen otras muchas empresas, afirma el letrado. Esta resolución puede suponer un precedente para todas ellas. “Muchas empresas tecnológicas van a tener que revisar sus políticas. Pero también afecta a muchos ciudadanos que pueden comprobar sus datos y reclamar a Google una indemnización”, puntualiza.

A continuación, encontraréis el enlace a la noticia:

https://www.abogacia.es/actualidad/noticias/proteccion-de-datos-impone-a-google-una-multa-de-10-millones-por-no-respetar-el-derecho-al-olvido/