Son varias las leyes que regulan el derecho a la desconexión digital:

  • El artículo 88 de la LOPDGDD.
  • El artículo 20 bis del Estatuto de los Trabajadores.
  • El artículo 18 de la Ley del Trabajo a Distancia.

Todas las empresas, independientemente del número de trabajadores que tengan en plantilla, están obligadas a contar con un protocolo de desconexión digital. Se trata de un documento en el que se recogen la política y las medidas tomadas por la empresa para garantizar el derecho a la desconexión digital de todos sus empleados, independientemente del tipo de jornada que tengan o la modalidad de trabajo que lleven a cabo.

No cumplir con esta normativa puede acarrear la imposición de sanciones tanto por la Inspección de Trabajo, como por la Agencia Española de protección de datos, cuya cuantía va de los 750 euros a los 225.018 euros.

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