En febrero de 2023, se publicó la nueva Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Algunas empresas están obligadas a contar con un canal de denuncias que permita a los empleados y personas relacionadas con la empresa, informar sobre sospechas de mala conducta y denunciar prácticas que consideren delictivas de manera segura y garantizando la confidencialidad de su identidad.

La Ley 2/2023, de 20 de febrero, establece dos plazos diferentes para tener implementado el canal de denuncias:

  • El pasado 13 de junio finalizó el plazo para las Administraciones y organismos públicos y para las entidades del Sector Privado con más de 250 trabajadores.
  • El pasado día 1 de diciembre finalizó el plazo para las entidades jurídicas del sector privado que tengan entre 50 y 249 trabajadores, así como de los municipios de menos de diez mil habitantes.

Es importante tener en cuenta que esta ley, también obliga, con independencia del número de empleados, a contar con canal de denuncias:

  • A todos los partidos políticos, sindicatos, organizaciones empresariales, así como a sus fundaciones, siempre que reciban o gestionen fondos públicos.
  • A todos los Colegios Profesionales de España.
  • A las personas jurídicas del sector privado que entren en el ámbito de aplicación de los actos de la Unión Europea en materia de servicios, productos y mercados financieros, prevención del blanqueo de capitales o de la financiación del terrorismo, seguridad del transporte y protección del medio ambiente.

Aunque no seas sujeto obligado, por un precio muy competitivo podemos ayudarte a implantar el canal de denuncias que te ayudará entre otras cosas, a mostrar una imagen de transparencia de cara, tanto a tus trabajadores, como a tus clientes.

Para ampliar esta información, ponte en contacto con nosotros a través de los siguientes medios: